LA LIBRE CIRCULACIÓN DE INFORMACIÓN
La libertad de información puede definirse como el derecho a tener acceso a la información que está en manos de entidades públicas. Es parte integrante del derecho fundamental a la libertad de expresión, reconocido por la Resolución 59 de la Asamblea General de las Naciones Unidas, aprobada en 1946, así como por el Artículo 19 de la Declaración Universal de Derechos Humanos (1948), que dispone que el derecho fundamental a la libertad de expresión incluye el derecho de "investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión”.
La libertad de información también ha sido consagrada como corolario de la libertad de expresión en otros instrumentos internacionales importantes, como el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (1966) y la Convención Americana sobre los Derechos Humanos (1969).
La legislación en materia de libertad de información refleja la premisa fundamental de que toda la información en poder de los gobiernos y las instituciones gubernamentales es, en principio, pública y solo podrá ser retenida si existen razones legítimas para no divulgarla, como suelen ser la privacidad y la seguridad. En los últimos diez años, el derecho a la información ha sido reconocido por un número cada vez mayor de países, incluidos países en desarrollo, a través de la adopción de un gran número de leyes sobre libertad de información. En 1990 solo 13 países habían adoptado leyes nacionales sobre la libertad de información, mientras que en la actualidad hay más de 80 leyes aprobadas en la materia en países de todo el mundo y hay otras 20 o 30 que se están estudiando en otros países.
El mandato de la UNESCO establecido en su Constitución de 1945 insta específicamente a la Organización a "facilitar la libre circulación de las ideas por medio de la palabra y de la imagen". Esa misión se refleja en la Estrategia a Plazo Medio de la UNESCO para 2008–2013 (34 C/4), en particular, en su objetivo estratégico programático de mejora del acceso universal a la información y el conocimiento.
La libertad de información es también fundamental en el marco de la Cumbre Mundial sobre la Sociedad de la Información, que ha reafirmado la libertad de expresión y el acceso universal a la información como piedras angulares de las sociedades del conocimiento integradoras.

Además, la pertinencia de la libertad de información también se ha puesto de relieve en la Declaración de Brisbane sobre libertad de información: el derecho a saber (2010), la Declaración de Maputo: Promover la libertad de expresión, el acceso a la información y la emancipación de las personas (2008) (en inglés) y la Declaración de Dakar sobre medios de comunicación y buena gobernanza (2005), todas ellas dimanantes de las conmemoraciones anuales de la UNESCO del Día Mundial de la Libertad de Prensa
características
ción Universal de Derechos Humanos (1948).La libertad de información, o el derecho a la información, puede definirse como el derecho a tener acceso a la información que está en manos de entidades públicas. Es parte integrante del derecho fundamental a la libertad de expresión, reconocido por la Resolución 59 de la Asamblea General de las Naciones Unidas, aprobada en 1946, así como por el Artículo 19 de la Declara
ventajas
Hoy en día es imprescindible el conocimiento del uso de Internet para poder optar a un puesto de trabajo, independientemente de las tareas que se tengan que desempeñar. Esta idea debe contemplarse en la formación universitaria que reciben los estudiantes que se matriculan en cualquier título oficial con el fin de que estén bien preparados para su futura vida laboral.Parece claro que, hoy por hoy, las nuevas tecnologías se han convertido en una
herramienta insustituible y de indiscutible valor y efectividad en el manejo de las informaciones con propósitos didácticos. Ya no es suficiente que los profesores sean buenos manejadores de libros. Las fuentes de información y los mecanismos para distribuirla se han informatizado y resulta difícil poder concebir un proceso didáctico en la Universidad sin considerar esta competencia docente. La incorporación de las TIC a la enseñanza requiere un cierto nivel de competencia técnica (CANÓS & RAMÓN, 2007a).
No cabe ninguna duda de que las nuevas tecnologías de la información y la comunicación están llamadas a alterar profundamente la docencia universitaria. Pero para que ello suceda, para que los cambios no se queden en una mera alteración del soporte habrá de producirse una auténtica revisión del uso que actualmente se les está dando. Una queja habitual en el ámbito didáctico es que los materiales multimedia disponibles son de muy baja calidad, reproduciendo modelos de enseñanza-aprendizaje de tipo conductista y que generan escasos retos intelectuales a quienes los manejan. Por tanto, el progreso tecnológico queda reducido a la incorporación de soportes novedosos mientras que la práctica didáctica no sólo no mejora sino que podría, incluso, retroceder (CANÓS & RAMÓN.
desventajas
Las nuevas tecnologías hacen posible nuevas modalidades de enseñanza aprendizaje. Sobre todo, la enseñanza a distancia o semipresencial (EAO y e-learning). Pero requieren igualmente de nuevas competencias en profesores y alumnos para que dichas fórmulas resulten exitosas. Exige de los profesores (aparte de las competencias técnicas básicas) nuevas competencias tanto en la preparación de la información y las guías de aprendizaje como en el mantenimiento de una relación tutorial a través de la red. Exige de los alumnos junto a la competencia técnica básica para el manejo de los dispositivos técnicos, la capacidad y actitudes para llevar a cabo un proceso de aprendizaje autónomo y para mantener una relación fluida con su tutor.
glosario
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Esto de derecho a la libre circulacion es muy importente para nuestre vida verda eso opino yo😂😂😂😂
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